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La Justicia bonaerense prohibió los cortes de servicios eléctricos a Clubes de Barrio

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Fue luego de un pedido de la Defensoría y de la Dirección provincial que las nuclea, ordenan que no se interrumpa el suministro a entidades con deudas.

La Justicia de la Provincia de Buenos Aires ordenó a las empresas de energía eléctrica que no suspendan o corten el servicio por deudas a asociaciones civiles y mutuales protegidas por ley ante el impacto de la pandemia.

La noticia fue comunicada en las últimas horas por la Defensoría del Pueblo de la Provincia de Buenos Aires y se da luego de una presentación de esta institución en conjunto con la Dirección de Asociaciones Civiles y Mutuales que pedían ser atendidos por constantes amenazas de corte de servicios.

En el texto publicado por la Defensoría del Pueblo explica que: «Ante esta situación, el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N°4 de La Plata, a cargo de María Ventura Martínez, dictó esta medida para que las empresas se abstengan de suspender, limitar o cortar el servicio por falta de pago, hasta tanto se resuelva de fondo el asunto o hasta que se venzan los plazos legales de la emergencia sanitaria establecidos para el beneficio de tarifa cero».

«A pesar de que la ley es clara en cuanto a los beneficios, nos encontramos que las empresas no sólo la cumplieron sino que siguen facturando normalmente e incluso las han intimado con cortes por falta de pago. Estamos ante un grave incumplimiento de las normas y una clara afectación de los derechos de las personas que son contenidas por estas asociaciones», destacó Guido Lorenzino, Defensor del Pueblo.

«Esta decisión representa un apoyo a los amplios sectores de la ciudadanía que asisten a estas asociaciones civiles no solo como espacios de socialización y esparcimiento, sino que debido a la pandemia también recurren a ellas para contención y auxilio, para recibir alimentos y vacunas, y que se han transformado hasta en centros de aislamiento», celebró Maite Alvado, al frente de la Dirección de Asociaciones Civiles y Mutuales.

Este falló se suma al dictaminado por el Juzgado contencioso administrativo de Necochea que hace un mes había resuelto «hacer lugar la medida cautelar solicitada por los fundamentos expuestos precedentemente, ordenando a la Usina Popular Cooperativa de Obras, Servicios Públicos y Sociales Ltda. de Necochea «Sebastián de María» a que se abstenga de cortar o/suspender el servicio eléctrico con respecto a los Medidores a nombre del Club Social y Deportivo Huracán. de Necochea, hasta tanto en la Provincia de Buenos Aires se mantenga en Emergencia Sanitaria producto del Covid-19, conforme art. 5 de la Ley Provincial 15.192?.

Cabe destacar que los reclamos de los clubes se dan por los incumplimientos de las compañías eléctricas a los beneficios dispuestos por una ley provincial -de autoría del diputado Facundo Tignanelli- para protegerlas de los efectos económicos relacionados a la pandemia. Las quejas estaban relacionadas con que las distribuidoras no aplicaron la tarifa cero que debían facturar durante el tiempo que durara la emergencia sanitaria a asociaciones civiles declaradas de interés público provincial, entre las que figuran clubes de barrio, centro de jubilados, centros culturales, sociedades de fomento, jardines comunitarios y organizaciones de comunidades migrantes, entre otras.

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