Avanza en Diputados la moratoria fiscal a Clubes de Barrio

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En las últimas horas el proyecto obtuvo dictamen de la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja y en las próximas horas se aprobaría sin demasiada oposición.

En las últimas horas la comisión de Presupuesto de la Cámara Baja dio dictamen y en las próximas horas se votará el proyecto impulsado por el Frente de Todos de una moratoria fiscal a Clubes de Barrio.

El objetivo busca favorecer a sectores afectados por la pandemia y que se vieron imposibilitados no solo de abrir sus puertas durante un tiempo prolongado sino también de encontrar los ingresos necesarios para abonar sus obligaciones.

Es así que los principales beneficiados de este proyecto son Clubes de barrio; Bibliotecas; Cuarteles de bomberos; ONGs; Sociedades de fomento y la mira esta puesta en aproximadamente a 45.000 entidades sin fines de lucro «que registran deuda ante el Fisco por cerca de $15.000 millones».

Los objetivos del proyecto son:

  • Se condonan las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054 y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscritas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.
  • Las entidades sin fines de lucro con deuda líquida y exigible ante AFIP son unos 45.000 con un importe adeudado de $15.000 millones.
  • Se condonan las deudas de MiPyMES y contribuyentes de los impuestos a las Ganancias e IVA pero que deban menos de $100.000.
  • Se perdonan los intereses resarcitorios y punitorios que excedan el 10% del capital adeudado: se trata de un incentivo para que los contribuyentes regularicen su situación y se beneficien con la condonación parcial de intereses.
  • Se suspenden las acciones penales tributarias y penales aduaneras en curso y se interrumpe la prescripción penal en determinados casos Cantidad de cuotas: los planes tendrán un plazo máximo de hasta 36, 60 y 120 cuotas según el tipo de deuda y/o contribuyente.
  • El pago a cuenta será obligatorio para las empresas grandes y empresas sin certificado MiPyME. Para estas últimas, determinadas entidades y pequeños contribuyentes personas humanas y sucesiones indivisas, dependerá de la reglamentación de la AFIP.
  • Los planes caducarán por la falta de pago de 6 cuotas en determinados casos y de 1 cuota en otros.
  • Con un «esfuerzo fiscal» proyectado de $13.000 millones, se deja en cero la deuda liquida y exigible de 600.000 contribuyentes (un promedio de $21.000 por contribuyente).
  • Se prevé evaluar ampliar o limitar el beneficio a los sectores mas afectados por la pandemia, como comercios minoristas y restaurantes.

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